Tarjeta roja para México
Saúl Escobar Toledo
La Organización Internacional del
Trabajo (OIT) celebró su 107a reunión en su sede de Ginebra, Suiza, apenas hace
unos días. Como parte de sus actividades, la Comisión de Aplicación de Normas,
una de las más importantes de este organismo, pues ahí se discuten y califican
las posibles violaciones a los derechos de los trabajadores, analizó el caso de
México en relación con el Convenio 87. Este documento obliga a los países a
respetar la libertad sindical que faculta a los trabajadores a constituir las
organizaciones que estimen convenientes y a afiliarse a ellas sin ninguna
distinción y sin autorización previa; también exige a los gobiernos a adoptar
todas las medidas necesarias para garantizar el libre ejercicio de estas
prerrogativas.
Desde hace algunos años se considera que
en nuestro país persisten graves prácticas y disposiciones legales que
contravienen dicho Convenio. México
forma parte de una lista negra de naciones donde la libertad sindical, en realidad,
no existe.
Las razones para estar bajo la lupa de
la OIT se hicieron más apremiantes en los últimos años debido a las denuncias de
actos de violencia contra sindicalistas ocurridos en nuestro país, entre otras,
el asesinato de cuatro miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros
el estado de Guerrero; las detenciones de 14 trabajadores agrícolas en Baja California;
y los muertos, numerosos heridos y el arresto de sindicalistas en el contexto
del conflicto magisterial en Oaxaca.
Una de las acusaciones más persistentes
y añejas contra el gobierno se refiere a la violación constante a la libertad
sindical debido a la práctica generalizada de los contratos de protección. También
se ha observado que el Estado mexicano no ha ratificado el Convenio sobre el
derecho a la sindicación y la negociación colectiva (núm. 98), complemento
indispensable del 87.
En respuesta a estos señalamientos, las
autoridades mexicanas adujeron que dichas violaciones están en vías de
resolverse gracias, principalmente, a la reforma constitucional aprobada el año
pasado. Sin embargo, no se han aprobado los cambios a la Ley Federal del
Trabajo, indispensables para que puedan llevarse a la realidad los nuevos
preceptos de nuestra Carta Magna. La representación oficial aseguró que se han llevado
a cabo numerosas reuniones con trabajadores, empleadores, académicos, y
abogados, a fin de encontrar el consenso requerido para la aprobación esas
modificaciones. Asimismo, informó que las Comisiones del Senado de la República
acordaron la celebración de audiencias públicas para conocer las sugerencias,
observaciones y propuestas de los interesados en torno al anteproyecto de
dictamen de la legislación secundaria.
Sobre los contratos de protección
patronal, simplemente respondió que las denuncias hechas son observaciones “genéricas”
que no aluden a casos concretos ni aportan elementos objetivos para presumir la
existencia de una práctica “habitual” que menoscabe la libertad sindical y la
negociación colectiva, mucho menos para presumir que existe complicidad del gobierno
para fomentarla. También dio cuenta de un nuevo protocolo de inspección que
tiene como propósito detectar prácticas de simulación y verificar que los
trabajadores realmente conozcan del contrato colectivo en sus centros de
trabajo.
Los argumentos esgrimidos por la
representación oficial serían risibles si no se tratara de un asunto tan
delicado, pues las audiencias del Senado fueron definitivamente canceladas casi
al mismo tiempo que se celebraba la comparecencia en Ginebra.
Para responder a los argumentos
gubernamentales, por parte de los trabajadores mexicanos, destacaron los
alegatos de Héctor Barba y José Olvera de la UNT. Este último insistió que
desde 2015 el gobierno mexicano ha manifestado su compromiso de solucionar los
reclamos de la Comisión, sin que hasta la fecha haya ocurrido algún avance. También
denunció que las autoridades se han negado a recoger las opiniones de su
organización gremial y del sindicalismo independiente. Por su parte, Barba explicó
detalladamente la forma amañada bajo la cual algunos legisladores vinculados al
sindicalismo oficial, protegidos por las autoridades del ramo, trataron de
simular una consulta sobre las adecuaciones a la LFT, con la verdadera
intención de imponer una contrarreforma que haga nugatoria la Constitución.
Al revisar las actas de la sesión que
analizó el caso de México, destaca la participación de los representantes de
los trabajadores de diversas partes del mundo. Los obreros de Alemania, por
ejemplo, afirmaron que sólo ha habido progresos en el papel, pero no en la
práctica; que no hay libertad sindical por el procedimiento arbitrario de
registro de los sindicatos y la prevalencia de contratos de protección; y que
las Juntas de Conciliación no son tribunales independientes ni imparciales. Pusieron
varios ejemplos que demuestran que diversos convenios laborales se han negociado
sin el conocimiento de los trabajadores en algunas industrias de capital
germánico instaladas en México pertenecientes al sector automotriz, mismos que
se firmaron incluso antes de que la planta haya sido construida.
Representantes de trabajadores de Estados
Unidos y Canadá reiteraron este punto de vista de manera enfática. Advirtieron,
además, que los cambios constitucionales acordados desde febrero de 2007 deben
ponerse en práctica antes de que termine la renegociación del Tratado de Libre
Comercio.
De manera similar se pronunciaron los
comisionados obreros de Argentina y Colombia quienes señalaron que la
reincidencia de las violaciones a los derechos laborales en nuestro país requiere
medidas drásticas por parte de la OIT. Por su parte, los observadores que hablaron
en nombre de IndustriALL Global Union, una de las centrales sindicales más
numerosa del mundo, aseguraron que los contratos de protección se han extendido
a todos los sectores de la economía ya que garantizan bajos costos para los
empleadores al impedir que los trabajadores tengan una representación legítima
para negociar sus salarios y prestaciones.
En fin, y en pocas palabras, las
audiencias de la OIT demostraron que el mundo sindical conoce bien la situación
mexicana y que coincide en que la principal calamidad son los contratos de
protección y la ausencia de libertad sindical.
El resultado final fue negativo para el gobierno
mexicano, le sacaron tarjeta roja, pues la Comisión de Aplicación de Normas exigió
formalmente a nuestras autoridades que:
Asegure que el derecho a la libertad
sindical y a la negociación colectiva libre y voluntaria queden protegidos
debidamente en las reformas a la Ley Federal del Trabajo, ajustándose a la
letra del Convenio 89. Para ello el gobierno debe incluir y procurar que se
incluya en las consultas y deliberaciones a todos los interlocutores sociales,
incluyendo los sindicatos independientes. Todo esto para que en los hechos y no
sólo en el papel se hagan los cambios necesarios que pongan fin a todas las prácticas
viciosas que afectan directamente la negociación contractual, la elección de los
representantes de los trabajadores y la formación de sindicatos autónomos.
La resolución señaló, finalmente, que el
gobierno mexicano debe proporcionar información detallada sobre el cumplimiento
de estas medidas antes de la Reunión de Expertos que tendrá lugar en noviembre
de 2018.
Para entonces el Congreso electo en
julio estará ya instalado. Esperemos que retome el camino legislativo señalado
por la OIT y que, posteriormente, el nuevo gobierno haga suyos los Convenios 89
y 98 como parte de una nueva política laboral. Es indispensable acabar con la
corrupción en la vida sindical y la contratación colectiva. De eso dependerá
que México pueda transitar a un orden social más justo y democrático. La
comunidad internacional y las expresiones más representativas de los
trabajadores mexicanos estarán, seguramente, pendientes de los avances o
retrocesos que ocurran en esta materia.
Twitter: #saulescoba