Vistas de página en total

jueves, 31 de enero de 2019

El sindicalismo mexicano: ¿hacia un nuevo pacto social?


Revista Economía UNAM

El sindicalismo mexicano: ¿hacia un nuevo pacto social?

Saúl Escobar ToledoDEH-INAH

 Resumen: Este ensayo ofrece una historia muy breve de las políticas laborales instrumentadas en nuestro país durante las últimas décadas. Subraya la importancia de los “contratos de protección patronal”, un instrumento que ha servido para atraer inversión extranjera pero que ha provocado, al mismo tiempo, una violación constante de los derechos humanos. Consideramos que el capítulo laboral, incluido en el nuevo Acuerdo comercial pactado recientemente entre Estados Unidos, Canadá y México, coincide con las metas del gobierno electo en julio pasado encabezado por López Obrador. Las reformas a la Ley Federal del Trabajo a las que se ha obligado nuestro país pueden conducir a una verdadera democracia sindical, indispensable para un pacto social más incluyente y beneficioso para los trabajadores.
Abstract: This paper offers a very brief history of labor policies in Mexico during the last decades. It stresses the importance of “protection” contracts for outsourcing of foreign companies to Mexico although they suppress human rights. We think that the labor chapter included in the new trade deal among US, Canada and Mexico has coincided with the goals of the government elected last July, headed by López Obrador. Thus, the accorded outcome, a reform of the labor law, may lead towards a real democracy in labor unions, indispensable for a new social pact in Mexico, more inclusive and beneficial for the working class.   

Durante varias décadas, a partir de los años cincuenta del siglo pasado, el país vivió una etapa de crecimiento económico y estabilidad política. Como se ha señalado por diversos autores[1], este proceso fue acompañado también de un aumento real de los salarios y el empleo, sobre todo urbano e industrial.
Un elemento fundamental para entender este período de nuestra historia se encuentra en la relación entre el sindicalismo y el Estado. Desde finales de los años cuarenta, el gobierno había reprimido duramente las oposiciones obreras particularmente en los sindicatos nacionales de industria lo que permitió, una década después, consolidar lo que se ha llamado un sistema corporativo caracterizado, entre otras cosas, por el control político de las agrupaciones gremiales.  
Esto último se concretó mediante la cooptación de los principales liderazgos y la eliminación de los grupos inconformes; una estructura legal e institucional que se estableció en la Ley Federal del Trabajo de 1931 y que permitió al gobierno en turno controlar el registro y existencia legal de los sindicatos y sus dirigentes; y, en tercer lugar, gracias a la obtención de plazas de trabajo estables, aumentos salariales, prestaciones y seguridad social. Fue una combinación de acciones represivas y de reparto de beneficios, lo que explica el afianzamiento del sindicalismo corporativo, leal al gobierno y al partido dominante en México.
Durante la segunda posguerra, en diversos países del mundo surgen los Estados de Bienestar, también definidos como estados sociales, que pretenden impulsar el desarrollo del capitalismo con políticas inclusivas: sistemas de salud públicos, distribución del ingreso y regulación de los conflictos laborales. En el caso de México este esquema adopta rasgos fuertemente autoritarios. Los colectivos sindicales no practicaban la democracia, pero lograron administrar con cierta destreza las relaciones obrero-patronales[2].
 Esta situación cambió drásticamente después de la crisis de 1982. Durante esta década, el país conoció un ajuste económico muy severo. El fenómeno, sin embargo, se dio a escala mundial. Bajos las administraciones de Margaret Thatcher (1979-1990) y Ronald Regan (1981-1989) se estableció un nuevo paradigma de políticas públicas basadas en la adopción de las tesis monetaristas que planteaban como prioridad el control de la inflación y el ajuste de las finanzas públicas.
Al mismo tiempo, se instrumentó una ofensiva laboral: se congelaron los salarios y se redujo la plantilla de trabajadores, en primer lugar, en el sector estatal. Posteriormente se pondrían en práctica un conjunto de medidas encaminadas a flexibilizar las relaciones laborales en todos los sectores productivos. Con ello se buscaba también combatir el poder de los sindicatos, mismo que se había fortalecido durante los años del Estado de Bienestar. La estabilidad macroeconómica, se supuso, impulsaría el crecimiento mediante el libre comercio de mercancías y capitales.
Las nuevas orientaciones se aplicaron posteriormente en otros países europeos y se extendieron a América Latina fundamentalmente a través de lo que se llamó el “Consenso de Washington”[3].
Los lineamientos contenidos en este recetario, recomendados enfáticamente por parte de las instituciones internacionales como el FMI, fueron adoptadas por muchos gobiernos de la región pues parecían ofrecer una vía de escape frente al agotamiento del modelo sustitutivo de importaciones y a la convulsión financiera causada por la deuda externa que había azotado a la región en los años ochenta.
En México, la recesión también propició el cambio. Se rompió el pacto social vigente y el esquema de acumulación de capital que había prevalecido hasta entonces, basado en el proteccionismo comercial de sectores estratégicos, un Estado con fuerte intervención económica, y diversas regulaciones fiscales, financieras y laborales. Así las cosas, las relaciones entre el sindicalismo corporativo y el Estado también se alteraron sustancialmente.   
Bajo el gobierno de Miguel De la Madrid, se despidió a miles de empleados del sector público y se impusieron topes rígidos a los salarios contractuales y al mínimo. Las organizaciones gremiales perdieron capacidad de negociación y se inició, en 1983, la decadencia del sindicalismo corporativo.
Las políticas neoliberales prosiguieron durante los sexenios posteriores, acentuando la debilidad de los sindicatos. Uno de los síntomas claros de esa fase decadente puede ubicarse en la proliferación de contratos de protección patronal[4]. Bajo la presidencia de Salinas (1988-1994), la Secretaría del Trabajo les dio curso oficial a este tipo de arreglos los cuales se generalizaron rápidamente. Al mismo tiempo, las grandes agrupaciones nacionales como los electricistas y petroleros perdieron poder político y capacidad de gestión contractual.
La flexibilización del trabajo y los contratos ficticios se impusieron sin modificar la Ley Federal del Trabajo (LFT). Fue hasta finales de 2012 cuando se aprobaron un conjunto de enmiendas que buscaron darle legalidad a lo que venía ocurriendo en la vida real durante las últimas décadas. El resultado fue cuestionable desde diversos puntos de vista: introdujeron nuevas reglas, particularmente en la subcontratación, pero el texto final de los artículos reformados fue muy confuso y ha sido inaplicable[5].
Debe subrayarse, además, que no se alteró nada sustancial en materia de democracia, libertad de asociación y transparencia sindical. De esta manera, la transición política que tuvo lugar en las elecciones del año 2000 no ha tenido hasta ahora, ningún efecto en el panorama sindical[6].
La política laboral y, en particular, la existencia de los contratos de protección ha sido congruente con el esquema neoliberal basado en la contención salarial, el debilitamiento de los sindicatos, y la subcontratación. Se ha producido, al mismo tiempo, una caída de los ingresos laborales y un deterioro de la calidad del empleo.
El caso de México, sin embargo, ha sido excepcional en comparación a los métodos de control y contención de las demandas obreras que se han observado en otros países del mundo.
Los contratos de protección se han impuesto por lo general sin el uso de la represión gubernamental dado su naturaleza clandestina. Sin embargo, dado que infringen severamente los derechos humanos, han llamado la atención de los organismos internacionales como la OIT y el sindicalismo mundial.  Más grave aún, en nuestro país se ha generado una violencia soterrada que estalla ocasionalmente cuando los trabajadores descubren que están sujetos a un sindicato y a aun contrato que nunca habían conocido, o cuando se deciden a ejercer sus derechos.  Tras los contratos de protección se esconde la ausencia de un estado de derecho, lo que ha propiciado un profundo desequilibrio en las relaciones laborales.
Durante varias décadas este modelo fue relativamente exitoso: logró atraer inversiones extranjeras a las industrias manufactureras de exportación y fue por lo tanto un factor, no muy explícito, que alentó la apertura comercial bajo el TLCAN y otros tratados similares.
Sin embargo, la crisis mundial de 2007-8 empezó a cambiar las cosas. La recesión afectó particularmente a Estados Unidos, Europa y América Latina y duró según el FMI hasta 2017. Todavía hoy existen signos de incertidumbre, inestabilidad y amenazas de una nueva contracción económica.
Las afectaciones y recuperaciones no fueron parejas. Hubo regiones del mundo en las que el daño fue mayor e incluso en cada país hubo zonas que sintieron con mayor impacto sus efectos adversos[7].  Sin embargo, la desigualdad, reflejada en una aguda concentración de la riqueza y en una tendencia declinante de los salarios en el ingreso nacional se acentuó y se hizo más evidente[8]. Todo ello tuvo como una de sus causas principales y al mismo tiempo se reflejó en el deterioro del empleo. No sólo se observó un aumento en el número de personas desocupadas a nivel mundial, además los puestos de trabajo se volvieron más precarios y vulnerables. Consecuentemente, los ingresos laborales también se estancaron o decrecieron.
El malestar de la globalización[9] se reflejó en descontento social y luego llegó al plano de la política. Nuevas opciones surgieron para resistir los embates. El fenómeno ha sido, sin embargo, muy complejo. Si bien surgieron colectivos y movimientos como Podemos en España, y las opciones de Sanders en el partido Demócrata de EU y Corbyn en el Laborista inglés, por otro lado, la crisis económica afectó a los gobiernos de izquierda de América Latina sobre todo en Brasil, Argentina, y Venezuela. Al mismo tiempo surgieron opciones de extrema derecha, con posiciones divergentes al consenso dominante. El Brexit y la elección de Trump fueron dos ejemplos notables.
En el caso de México, la sacudida económica afectó la estructura salarial. Durante los primeros años del siglo XXI los salarios medios parecían recuperarse poco a poco después de casi dos décadas de caída permanente. Los salarios mínimos, por su parte, se estancaron hasta apenas un par de años, después de una larga pendiente negativa de la que aún no se han recuperado.  Por esta razón, se encuentran entre los más bajos en términos reales de América Latina[10]. Pero los efectos se sintieron en toda la estructura salarial:  los puestos de trabajo que proporcionaban más de 5 salarios mínimos diarios (SMD) disminuyeron y en cambio crecieron aquellos que ofrecían hasta dos o tres SMD.  La precariedad de las ocupaciones también se ha agudizado, acentuando fenómenos como la intermediación, los contratos a tiempo parcial o por honorarios, y, más recientemente los puestos informales basados en plataformas digitales o gig[11]. La desregulación del mercado laboral que se inició sobre todo desde los años ochenta sin límites institucionales o políticos se acentuó en los últimos diez años.
Al mismo tiempo, se insistía en que el libre comercio y los acuerdos multilaterales deberían fomentarse para contrarrestar los efectos de la recesión e iniciar un nuevo ciclo de prosperidad. No todos estuvieron de acuerdo. Las oposiciones de distinto signo que surgieron en los últimos años se convirtieron en impugnadores del libre comercio y la integración económica global. Los sindicatos empezaron a fortalecer sus críticas y a presionar a sus gobiernos para evitar uno de los efectos más nocivos de la globalización dominante: el outsourcing, la salida de empleos de una región a otra del planeta atraídos por una fuerza de trabajo más barata. Esa preocupación se reflejó en el capítulo laboral de un nuevo acuerdo comercial de grandes dimensiones, el TPP, pactado a principios de 2016[12]. Su redacción fue más enfática y detallada si lo comparamos con otros tratados comerciales similares.  La preocupación estaba dirigida sobre todo a México, Vietnam y, en menor medida Perú y Malasia pues se consideraba que los bajos salarios y las malas condiciones de trabajo que imperaban en estos países representaban una competencia desleal para el resto de los socios.
El presidente Peña Nieto decidió entonces enviar al Congreso un conjunto de reformas legales acordes al contenido del capítulo laboral del TPP. De esta manera, en febrero de 2017, el Congreso aprobó varias enmiendas al artículo 123 constitucional, mismas que han sido definidas como las más radicales desde 1917[13]. En síntesis, se suprimían las Juntas de Conciliación y Arbitraje para dar paso a tribunales laborales del Poder Judicial; se creaba un centro de conciliación y registro de sindicatos y contratos independiente del gobierno; y se establecía la garantía del voto secreto y directo de los trabajadores para elegir a sus dirigentes.
Sin embargo, una vez que asumió el cargo, el presidente Trump decidió salirse del TPP y renegociar el TLCAN. Con ello daba un giro notable al consenso domínate en torno al libre comercio y la globalización. Ante este nuevo panorama, cundió el desconcierto.  Los cambios a la legislación secundaria, indispensables para poner en práctica los nuevos lineamientos constitucionales, se congelaron. Por su parte, el gobierno de Peña Nieto acudió a las negociaciones del TLCAN intentando mantener tanto como fuera posible el esquema anterior. Sin embargo, las elecciones presidenciales en julio de 2018 cambiaron esa ruta: el equipo del presidente electo intervino en la discusión y permitió destrabar algunos puntos en conflicto. Entre ellos, y a eso nos referiremos enseguida, el tema laboral.
De esta manera, entre septiembre y octubre de 2018, se presentaron dos acontecimientos de distinta naturaleza que apuntan hacia una transformación de fondo de las leyes y las instituciones del trabajo mexicanas: primero, el Senado de la República aprobó la ratificación del Convenio 98 de la OIT. Y poco después, a principios de octubre, se anunció el acuerdo final entre Canadá, Estados Unidos y México en materia de comercio que incluye un capítulo laboral y un anexo, ambos muy importantes.
El Convenio sobre derechos a sindicalización y negociación colectiva data de 1949 y ha sido firmado por 165 países del mundo incluyendo los de América Latina. Su valor reside en haber vencido, al fin, las resistencias de los representantes de los gobiernos del PRI y del PAN, del sindicalismo corporativo y de algunos dirigentes empresariales que se había opuesto por razones estrictamente políticas: defender un modelo sindical corrupto, antidemocrático y servil.
La nueva composición del órgano legislativo (con mayoría de MORENA) sirvió sin duda para apresurar esta decisión, largamente pospuesta, ya que coincidía con su plataforma electoral y su programa. Pero quizás también porque ya se tenía información de que el capítulo laboral del nuevo acuerdo comercial norteamericano se ajustaba plenamente con el Convenio 98.
De acuerdo con el texto del United States-Mexico-Canada Agreement publicado en el portal de la Oficina del representante comercial de Washington[14], el capítulo laboral es una versión mejorada de su similar en el llamado TPP 11[15]. Es más claro y contundente pues por ejemplo incluye explícitamente el derecho a huelga como parte de la libertad de asociación. Contiene también un apartado especial en el que se reconoce que “los trabajadores y sus organizaciones deben estar en condiciones de ejercer sus derechos en un clima libre de violencia, amenazas e intimidación… y que es un imperativo de los gobiernos atender estos incidentes”. Otros apartados novedosos se refieren a los trabajadores migrantes y a la discriminación por razones de género en el lugar de trabajo.
Pero lo más notable es el anexo 23-A que tiene como título, para no dejar ninguna duda, “La representación de los trabajadores en la negociación colectiva en México”. Para ello, nuestro país se compromete a incluir en la legislación laboral, entre otras cuestiones,  órganos imparciales para el registro de los sindicatos y contratos colectivos; y un sistema efectivo que verifique que las elecciones de los dirigentes sindicales y la opción por adherirse a un contrato colectivo sean llevadas a cabo mediante el voto libre, personal y secreto de los trabajadores.
El anexo culmina con la advertencia de que México deberá adoptar esta legislación antes del 1º de enero de 2019 y que la entrada en vigor del acuerdo puede ser pospuesta hasta que dicha legislación entre en vigor.
No hay duda de que dicho anexo busca impedir que en México se sigan aplicando los contratos de protección. Dichas prácticas son bien conocidas por los representantes sindicales de Estados Unidos y Canadá, los cuales decidieron ejercer mayor presión en la redacción del capítulo laboral. Así lo demuestra un documento elaborado por el Comité Consultivo del Sindicato Metalúrgico (United Steelworkers)[16]. El análisis presentado en este estudio coincide con diversas investigaciones y pronunciamientos hechos  en México, desde la firma del TLCAN, por  los sindicatos independientes (particularmente los que se agruparon en la UNT), los abogados democráticos y los académicos (reunidos ahora muchos de ellos en el Observatorio Laboral). En síntesis, se sostiene que la existencia de agrupaciones y contratos ficticios, pero legalmente registrados, han servido para imponer una política de bajos salarios y malas condiciones de trabajo.
Ello ha permitido atraer inversiones extranjeras en la industria manufacturera durante las últimas tres décadas, pero con muy pocos beneficios para el país y sus trabajadores. Puede afirmarse, además,  que el modelo económico adoptado, soportado en  los contratos de protección patronal, ha inhibido el crecimiento económico de México, como lo demuestran los estudios, entre otros, del Grupo Nuevo Curso de Desarrollo de la UNAM (www.nuevocursodedesarrollo.unam.mx).
En síntesis, el acomodo laboral, basado en los contratos de protección, está siendo cuestionado en México y por sus principales socios comerciales. Se han reunido con este propósito diversos protagonistas e intereses: las representaciones obreras de los países del norte; sus gobiernos; y la futura administración del presidente electo y las organizaciones independientes mexicanas, para tratar de extirpar este esquema tan perjudicial. Los primeros sienten, con razón, que los contratos de protección son una manera deshonesta de quitarles plazas de trabajo; los segundos, en particular Trump, creen que de esta manera protegerán sus industrias; y los actores mexicanos, los cuales  aspiran a construir un esquema de desarrollo menos dependiente de las exportaciones manufactureras y a mejorar los ingresos y las condiciones de vida de los trabajadores mexicanos.
Hay que advertir que todo lo contenido en el capítulo laboral y su anexo no se oponen a las reformas constitucionales. En particular, este último documento, hace referencia constantemente al  texto aprobado por el Congreso mexicano en febrero de 2017. Pero los sindicalistas y los gobiernos del norte creyeron necesario pactarlo expresamente ante la posibilidad de que dichas enmiendas se anulen, como en efecto se intentó a lo largo de 2018 por diversos grupos de interés, principalmente del sector patronal.
Ahora toca al poder legislativo de nuestro país dar el siguiente paso: reformar la Ley Federal del Trabajo para para adoptar nuevos lineamientos que permitan combatir los contratos de protección y abrir la puerta a una democratización de los sindicatos mexicanos. Aun así, después de que esto haya sucedido, vendrá el reto de su puesta en práctica.
La próxima administración tendrá que aplicar las nuevas disposiciones legales y ello significará una labor compleja. Lo será desde el punto de vista técnico y administrativo pues poner en marcha una   justicia laboral adscrita al Poder Judicial, eliminando las Juntas de Conciliación y Arbitraje, representa una tarea que exigirá recursos y un proceso de transición difícil.
Desde el punto de vista social y político, el cambio enfrentará muchas resistencias tanto de algunos empleadores como de las viejas organizaciones corporativas y, sobre todo, de la mafia que hoy se beneficia de los contratos de protección.
Si la nueva legislación se aprueba en congruencia con la reforma constitucional de 2017 y el nuevo gobierno decide aplicarla, los trabajadores mexicanos, por primera vez en mucho tiempo, tendrán la posibilidad de decidir. Podrán elegir mediante voto secreto, personal y directo a sus dirigentes y representantes; adherirse a la organización que prefieran; decidir con quién y bajo qué condiciones se pactan los contratos colectivos; y tener garantías legales efectivas en caso de que los empleadores o los funcionarios públicos ejercen coerción contra ellos. 
Después de siete décadas de silencio obligado, todo lo anterior significaría un cambio de fondo. Lo es, y por ello es de esperar que ocurra de manera gradual. El proceso apenas empieza, pero sin duda se ha abierto una brecha en un momento singular de la historia de México y del mundo.
Nuevos problemas surgirán en el horizonte inmediato en la medida en que el nuevo esquema laboral se vaya adoptando: ¿podrán elevarse los salarios, en primer lugar el mínimo legal, sin que ello provoque efectos inflacionarios u otras reacciones adversas? En las industrias manufactureras, sobre todo de exportación como la automotriz, ya castigada en el nuevo acuerdo comercial por el cambio en las reglas de origen, un sindicalismo más representativo que pugne por mejor ingresos y condiciones de trabajo, ¿será impugnado por las empresas?, ¿podrá llegarse a acuerdos satisfactorios para las partes?; y en el caso del sector público  y en particular en industrias como PEMEX y CFE, el gobierno entrante ¿dará cauce a un recambio de las dirigencias y con ello aceptará el compromiso de mejorar los ingresos y las condiciones de trabajo?
Estas son algunas preguntas, entre muchas otras. Pero en el fondo, todo se reduce a una sola interrogante: ¿deben las organizaciones sindicales, como representación legítima de los trabajadores, jugar un papel activo en las decisiones vitales que les conciernen directamente, buscando un mejor equilibrio en las relaciones obrero-patronales? La historia diría que estos derechos se conquistaron en el mundo desde hace más cien años y se ejercieron, con altas y bajas, durante todo el siglo XX. El consenso dominante, sin embargo, sostiene que deben acatarse las condiciones de los mercados (la productividad, los ciclos económicos, las condiciones particulares de las empresas). Cambiar el modelo laboral significaría entonces abrir la oportunidad de adoptar un esquema de crecimiento y un sistema democrático apoyados en un pacto social distinto, más incluyente y justo[17]. Los próximos años dirán si esto es posible.
Ciudad de México, 30 de octubre de 2018



[1] Entre otros: Tello, Carlos. Estado y Desarrollo Económico: México 1920-2006, México, UNAM, 2007; Cárdenas, Enrique, “La economía mexicana en el dilatado siglo XX, 1929-2010”. En Kuntz, S. (Coord.), La economía mexicana 1519-2010.  México, El Colegio de México, 2015; y Moreno-Brid J.C. y Jaime Ross. Desarrollo y crecimiento de la economía mexicana, México, FCE, 2010
[2] Cf. Bensusan, Graciela, El modelo mexicano de regulación laboral, Plaza y Valdés, México, 2006; y De la Garza, Enrique, Ascenso y crisis del estado social autoritario.  El Colegio de México, 1988
[3] Williamson, John (ed.), Latin American Adjustment: How much has happened, Institute for International Economics, Washington D.C., 1990.
[4] Los contratos de protección son instrumentos jurídicos que se pactan sin el conocimiento de los trabajadores entre un sindicato legalmente registrado y el patrón o representante de la empresa. Frecuentemente se firman incluso antes de que las empresas comiencen a operar.  Por lo tanto, su contenido no se modifica a lo largo del tiempo, contienen solamente las prestaciones y derechos mínimos que marca la ley, y nunca son negociados con representantes legítimos de los trabajadores. Según algunos investigadores, 90 por ciento de los trabajadores están contratados bajo este esquema ficticio. Cf. Bouzas, Alfonso y María Mercedes Gaitán, “Contratos colectivos de protección” en, Bouzas Alfonso, Democracia Sindical, IIE-UNAM, 2001.
[5] Las reformas de 2012 modificaron 226 artículos de la LFT. Diversos estudios se han ocupado de analizar los antecedentes, resultados y posibles consecuencias de estos cambios. Entre ellos, Velasco Arregui, Édur. Fenomenología jurídica de las reformas estructurales en México. La reforma laboral. Itaca, 2016; Avante Juárez, Rafael, Reforma Laboral, FCE, México, 2017; y Escobar Toledo, Saúl “Las reformas a la Ley Federal del Trabajo, una perspectiva histórica” en Varios autores, El orden del mercado y el desorden de la nación, Ed. Ítaca, 2016.
[6] Cf.  Bensusán, Graciela y Kevin J. Middlebrook. Sindicatos y Política en México. Cambios, continuidades, contradicciones. UAM-CLACSO-FLACSO, México, 2013.
[7] Milanovic, Branko. Desigualdad mundial. Un nuevo enfoque para la era de la globalización. FCE, México, 2017
[8] Cf., para el caso de México, entre otros, Cordera, Rolando. La perenne desigualdad. FCE, México, 2017. Para un análisis de la caída de los ingresos del trabajo en el ingreso nacional a nivel mundial y en nuestro país, cf. Samaniego, Norma. “La participación del trabajo en el ingreso nacional: el regreso a un tema olvidado” en Cordera, Rolando (coord.) Más allá de la crisis, op. cit.
[9] Cf. Stiglitz, Joseph, El malestar en la globalización. Madrid, Taurus, 2002
[10] Sobre el tema del salario mínimo, cf. los estudios compilados en Mancera, M. A., (Coordinador), Del salario mínimo al salario digno. México: Consejo Económico y Social de la Ciudad de México, 2015. Sobre la evolución de los salarios, cf. Escobar Toledo, Saúl “Salario mínimo y salarios. Evolución y situación actual” en Cordera, Rolando, Más allá de la crisis.El reclamo del desarrollo, Op. Cit. 2016
[11] Cf. Edith Pacheco, Enrique De la Garza y Luis Reygadas (coord.)  Trabajos atípicos y precarización del empleo, México, El Colegio de México, 2011. Sobre la economía gig: Reich, Robert (2016), ““The gig economy can be a nightmare”, en BuzzFed, 2 de Agosto de 2016.
[12] La “Asociación Transpacífica” (Trans-Pacific Partnership o TPP) fue un acuerdo comercial firmado el 4 de febrero de 2016 por los gobiernos de doce países de Asia y América:  Nueva Zelandia, Singapur Chile, Brunei,  Estados Unidos, Australia, Canadá, Japón, Malasia, México, Perú y Vietnam.
[13] Cf. Alcalde Justiniani, Arturo. “Una inesperada e histórica reforma laboral en México”.  En Varios autores, Reforma al artículo 123 constitucional, Ed. Tirant lo Blanch, México, 2017.

[14] Disponible en https://ustr.gov/trade-agreements/free-trade-agreements/united-states-mexico-canada-agreement/united-states-mexico
[15] Nos referimos al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico que fue avalado en marzo de 2018 por los mismos países que suscribieron la Asociación Transpacífica convenida dos años antes, con la excepción de Estados Unidos.
[16]“Report on the Impacts of the Renegotiated North American Free Trade Agreement”, disponible en:  https://aflcio.org/reports/report-impacts-renegotiated-north-american-free-trade-agreement.  
[17] “Hoy…los pactos sociales yacen resquebrajados y otro tanto ocurre con muchos arquetipos políticos que orientaron la vida de las sociedades…Aun así, por escabrosas que sean las dificultades… habrá que acercarse a un mejor equilibrio entre el individualismo eficientista y la equidad colectiva…El reto no consiste en regresar la historia, sino en ganar la justicia democrática  en las circunstancias creadas por la interdependencia global”,  Ibarra, David. Mercados abiertos y pactos sociales. México, FCE, 2017 pp. 25 y 156.

Publicado en Economìa UNAM,  Vol. 16, Núm. 46 (2019) 

La desigualdad en el siglo XXI: un comentario al informe Oxfam 2019


La desigualdad en el siglo XXI

Saúl Escobar Toledo

Acaba de darse a conocer el informe de la organización Oxfam (www.oxfam.org) correspondiente a 2019. El tema principal es, como corresponde a su línea de trabajo, la desigualdad, entre ricos y pobres y entre hombres y mujeres, que afecta hoy al mundo. Según este reporte, miles de millones de personas viven en la indigencia mientras las élites más ricas obtienen enormes ganancias.  Una situación que se ha agravado con el tiempo: el número de milmillonarios (o billonarios) se ha duplicado desde el inicio de la crisis económica hace ya más de diez años. Son ahora más prósperos que nunca. Su riqueza se ha incrementado en 900 mil millones de dólares tan sólo en el último año y está cada vez más concentrada en menos manos:  26 personas poseen la misma riqueza que 3 800 millones de habitantes del planeta.
Por su parte, según el Banco Mundial, un poco menos de la mitad de la población mundial subsiste con menos de 5.5 dólares al día (algo así como 100 pesos), cifra que el mismo Banco ha fijado como su nuevo umbral de la pobreza extrema en los países de renta media alta (como México). Esta situación se refleja también en otros indicadores: en las zonas menos favorecidas de Londres la población vive en promedio seis años menos que la que habita en los barrios más acaudalados de la capital inglesa. En Pinheiros, Brasil, uno de los barrios más prósperos de Sao Paulo, sus habitantes tienen una esperanza de vida de 79 años mientras que, en los suburbios más pobres de esa ciudad, como Tiradents, la expectativa es sólo de 54 años.
La desigualdad no sólo se manifiesta entre ricos y pobres; también es sexista: las mujeres ganan, como promedio mundial, 23% menos que los hombres. En cambio, los masculinos poseen un 50% más de riqueza que sus contrapartes femeninas. La brecha de género es particularmente grave en el mercado laboral ya que cuando las mujeres logran obtener un empleo remunerado, con mayor frecuencia, se trata de ocupaciones precarias y con bajas retribuciones. Tienen también menor acceso a activos productivos como la tierra, el crédito y la capacitación laboral. Así, por ejemplo, en México, las niñas nacidas en el segmento correspondiente al 20% más pobre tiene el doble de probabilidades de seguir en esa situación toda su vida, comparadas con los niños que se encuentran en estas condiciones.
La desigualdad ha resultado un formidable obstáculo para erradicar la indigencia. Durante las últimas décadas las personas más acaudaladas han acumulado un porcentaje cada vez mayor y desproporcionado de la riqueza. Esta fractura es profundamente nociva, también, porque  está contribuyendo a envenenar el clima político y a darle mayor auge a las opciones e ideas racistas, sexistas y extremistas, y a los políticos autoritarios que las apoyan. En lugar de tratar de reducir la brecha entre ricos y pobres, diversos gobiernos han optado por criminalizar a los migrantes y a la protesta ciudadana.  En los países más desiguales, la confianza social es menor y la delincuencia mayor. Las sociedades con mayores niveles de disparidad viven con tensiones más fuertes y son menos felices e incluso presentan mayores índices de enfermedades mentales.
Según Oxfam, no hay opción: para erradicar la pobreza hay que combatir la desigualdad. Y para ello hay que tomar decisiones políticas y transformar las economías adoptando un conjunto de medidas: en primer lugar, universalizar la provisión gratuita de servicios públicos como la salud y la educación, y dejar de apoyar la privatización de estos servicios. También, ofrecer prestaciones como una pensión básica al final de la vida laboral y apoyos para los hijos de todas las familias. En segundo lugar, Oxfam propone liberar a las mujeres del trabajo no remunerado que dedican todos los días al cuidado de sus familias y sus hogares. Se requiere invertir en servicios públicos como el abastecimiento de agua, electricidad y guarderías para reducir el tiempo que dedican las mujeres a esos cuidados sin paga.
En tercer lugar, el informe subraya la necesidad de cambiar la política fiscal para que los impuestos a los ricos y a las grandes empresas ya no vayan a la baja.  Hay que gravar la riqueza y al capital a niveles más justos. Las élites económicas y las grandes empresas tributan a las tasas más reducidas de las últimas décadas. En los países más avanzados, la tasa marginal promedio del ISR pasó del 62% en 1970 al 38% en 2013. En las naciones en desarrollo esta tasa se sitúa en alrededor del 28%.
Debido a ello, los trabajadores aportan de manera desproporcionada a las finanzas públicas.  En algunos países como Brasil o el Reino Unidos el 10% más pobre paga un porcentaje de impuestos mayor de sus ingresos que el 10% más rico.
Se trata también de acabar con la evasión y la elusión y llegar a un acuerdo a nivel internacional que permita diseñar un conjunto de normas e instituciones que combatan este flagelo. Las grandes fortunas ocultan a las autoridades 7.6 billones de dólares, según diversos estudios, en paraísos fiscales u otras naciones más benévolas con ellos. Están dejando de pagar algo así como 200 mil millones de dólares al año por concepto de impuestos.
El documento de Oxfam subraya el caso de los gravámenes a la  riqueza (es decir al patrimonio de las personas, no sólo a los ingresos monetarios) pues sólo 4 centavos de cada dólar  se recaudan a nivel mundial  bajo este concepto.
El informe acierta en su diagnóstico más importante: la desigualdad es el tema vital para rescatar a nuestras sociedades de su deterioro. Avanzar en su solución permitiría reducir drásticamente la pobreza, fortalecer la democracia y el respeto a todos los derechos humanos. Es el camino para propiciar un mayor bienestar de la humanidad. Y una tarea que no sólo corresponde a  los gobiernos sino sobre todo, cito literalmente el texto,  al poder de una ciudadanía unida para exigir estos cambios.
Este punto de vista se riñe con el consenso dominante de las elites políticas y económicas que han planteado que la desigualdad se resolverá por la evolución natural de los mercados y que no se requiere una política claramente dirigida a combatirla. Se oponen, en particular, a las políticas que fortalezcan la propiedad y el control público de bienes y servicios, y a su gratuidad. Siguen insistiendo en que la privatización debe ser, salvo algunas excepciones, la política adecuada para la gestión económica. Desde este punto de vista, la pobreza se combate con medidas focalizadas, que no afecten a las empresas ni al patrimonio de las personas, sobre todo a las más acaudaladas. Consecuentemente, una política fiscal que busque afectar a los más ricos es contraria al pensamiento neoliberal pues dañaría a los inversionistas y a la prosperidad que éstos aportan.
El informe Oxfan no abunda, sin embargo, en otras causas de la desigualdad como la que se origina por la relación desequilibrada entre el trabajo y el capital: bajos salarios, condiciones de trabajo malas, informalidad, inseguridad en el empleo y otras formas de contratación precarias. Tampoco profundiza en el análisis de los sistemas políticos que han propiciado esta injusticia ni en aspectos como el combate a la corrupción, una mayor transparencia de las acciones de los gobiernos y las empresas, y la ampliación de la protección y cobertura de los derechos humanos.
Pero quizás estas omisiones respondan a la necesidad de enfatizar sus propuestas centrales: la desigualdad ha sido una opción política deliberada y por lo tanto puede corregirse con dos fórmulas sencillas: servicios públicos y prestaciones universales para todos, financiadas con mayores impuestos a las empresas y personas más ricas. Dicho de manera aún más simple: o los gobiernos se comprometen en la búsqueda del bienestar público o lo hacen para el beneficio privado.  Tomar la vía señalada en el estudio de Oxfam seguramente no resolvería todos los problemas, pero representaría un avance inmenso en la construcción de un mundo mejor.  
saulescobar.blogspot.com

(publicado en El Sur, 30 de enero de 2019)












miércoles, 16 de enero de 2019


Salir de la oscuridad  


Saúl Escobar Toledo

De manera similar a lo que sucede en la industria del petróleo, en la que se ha revelado la existencia de una estructura paralela, oculta e ilegal que ha servido para proporcionar enormes ganancias a particulares, en el mundo laboral hace tiempo que viene operando un esquema similar. En este caso, se trata de sindicatos de papel que no representan a sus pretendidos agremiados y de contratos colectivos que no son del conocimiento de los trabajadores y nunca han sido negociados entre la representación de los empleadores y la parte obrera. Se les ha llamado contratos de protección patronal pues solo han servido para que éste pueda manejar a su antojo las condiciones de trabajo.
Como en el caso de la industria de los hidrocarburos, las estructuras paralelas surgieron desde el interior de las instituciones del Estado, PEMEX en el caso del huachicol y en la Secretaría del Trabajo y las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los asuntos laborales. Si allá han servido para enriquecer a una amplia red de funcionarios públicos y negociantes privados, acá los beneficiados han sido un conjunto de líderes espurios, despachos de abogados y autoridades corruptas que se han comportado como una verdadera mafia para repartirse el dinero mal habido, simular que sucede lo que nunca sucede (una relación obrero patronal basada en organizaciones gremiales representativas), y protegerse unos a otros.
No son las únicas muestras de  la corrosión de las estructuras del Estado. Es el caso también, muy notable, de la seguridad pública, donde mandos policiacos de distinto rango y nivel, jueces y ministeriales fingen cumplir con su deber cuando en realidad solapan o pertenecen a grupos criminales.
Aunque indudablemente en todos los ámbitos existen funcionarios honestos que se esfuerzan por cumplir con la ley y su responsabilidad, en las últimas décadas el surgimiento de camarillas y mecanismos ocultos dentro de las propias instituciones, concertados para satisfacer intereses particulares, se ha agudizado. En el caso del mundo laboral, la ausencia de democracia sindical viene de muchas décadas atrás, sobre todo desde fines de los años cuarenta del siglo pasado. Pero con la globalización de los mercados y las políticas neoliberales, el sindicalismo se convirtió, en su mayor parte, en un aparato vacío, fantasmal y sombrío.
No hay mal que dure cien años, dice el refrán. En este caso, la presión internacional principalmente de  nuestros socios extranjeros, Canadá y Estados Unidos, y de los organismos internacionales como la OIT,  han jugado  un papel destacado para tratar de modificar esta situación pues consideraron  que la ausencia de representaciones sindicales legítimas y democráticas en nuestro país  forman parte de un sistema ilegal que ha servido para bajar artificialmente  los salarios y prestaciones y atraer inversiones extranjeras, una competencia desleal que debe ser combatida.
Ello, junto con diversas manifestaciones de descontento nacionales, llevaron a una reforma del 123 constitucional en febrero de 2017. Sin embargo, durante casi dos años, ésta no se ha aplicado porque no se ha reformado la Ley Federal del Trabajo. El cambio político ocurrido el año pasado y la nueva composición del Congreso de la Unión parece abrir por fin esta posibilidad. En las últimas semanas, diversas iniciativas, entre ellas la suscrita por algunos diputados de MORENA, fueron presentados ante el Congreso. Se trata de un proyecto que recoge puntos de vista de sindicalistas, abogados y académicos del Observatorio Laboral. Se propone construir un nuevo modelo basado, en primer lugar, en la independencia del sistema de justicia respecto del Poder Ejecutivo, lo que implica la eliminación de las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Pero en segundo lugar y de manera igualmente destacada, busca garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores. Con ello, se afirma, el mercado de trabajo y las relaciones obrero-patronales podrían convertirse en espacios de inclusión social, frenando la pobreza y la desigualdad imperantes.  
En este comentario abordaremos solamente una parte de las reformas: la que tiene que ver con la democracia sindical y la negociación colectiva. Una pieza clave de este nuevo modelo es el Centro Federal de Conciliación y Registro Sindical (el CFCyR) el cual tendrá a su cargo el registro de los sindicatos y contratos colectivos. Vigilará también el respeto a la democracia sindical. Se trata de un organismo novedoso que deberá gozar de plena autonomía y regirse por los principios de independencia, imparcialidad y transparencia. El texto prevé un periodo de transición pues el Centro empezaría a funcionar en un plazo no mayor de dos años.  
De acuerdo con la iniciativa, habrá plena libertad para organizar sindicatos, pero la autoridad cuidará que éstos cumplan con sus estatutos. No habrá afiliación obligatoria y la elección de sus directivas tendrá que realizarse por voto personal, libre y secreto. Las organizaciones estarán también obligadas a rendir cuentas de la administración de su patrimonio.
El registro de estos colectivos se simplificará y solo se requerirá copia de las actas de su asamblea constitutiva y de la elección de su directiva; la lista de sus miembros; y la presentación de sus estatutos.  La autoridad, el CFCyR, no podrá negar dicho registro pero si deberá observar que sus reglas internas contemplen, necesariamente, el voto secreto y la representación proporcional de genero de sus dirigencias.
El proceso legal para pactar contratos colectivos es un poco más complejo ya que el sindicato deberá contar previamente con una Constancia de Representatividad (CR) expedida por el CFCyR. Dicha Constancia solo podrá obtenerse si se realiza una consulta con los trabajadores mediante voto personal, libre y secreto. Esta Constancia requerirá por lo menos el respaldo del 30% de los asistentes y, en caso de que concurran dos o más asociaciones, la constancia se otorgará a la que resulte mayoritaria. El Centro también se encargará de convocar y  organizar el proceso de votación, elaborará las boletas, instalará las urnas y hará el registro de los votantes.  Llevará a cabo también el escrutinio y cómputo de la votación, levantará el acta correspondiente y dará fe de su validez. Finiquitado este paso, y si se cumplen los requisitos legales, la autoridad deberá resolver la procedencia de la solicitud de la Constancia de Representatividad y entonces se podrá dar validez al contrato colectivo.
Este procedimiento, completamente nuevo, tiene como finalidad evitar cualquier forma de simulación que permita a un grupo de personas usurpar la representación   de los trabajadores  en las negociaciones con el empleador. Pretende también impedir   que las autoridades decidan arbitrariamente la procedencia de un registro sindical o de un contrato colectivo, fenómeno muy común desde hace años que ha impedido el surgimiento de sindicatos independientes y democráticos.
Una buena ley no garantiza su inviolabilidad. En caso de que se apruebe el texto, el respeto a la voluntad de los trabajadores,  mediante el voto secreto, dependerá ahora, sobre todo, de la conducta y probidad de las autoridades encargadas del flamante Centro Federal de Conciliación y Registro. La iniciativa de MORENA, junto con otras ya presentadas o en curso, deberán discutirse en febrero, durante el periodo ordinario, y sufrir todos los cambios que sean necesarios, siempre de acuerdo con los preceptos constitucionales. Una vez aprobada, el gobierno deberá tener tiempo suficiente para preparar el cambio. Estamos ante una oportunidad histórica de construir una nueva realidad  en el que se elimine la simulación y se destierren esas estructuras paralelas, ocultas e ilegales que han controlado el ámbito laboral. Con ello, el sindicalismo mexicano podría empezar a salir de las sombras y, de manera transparente, reinventarse con la participación genuina de sus afiliados.

saulescobar.blogspot.com







miércoles, 2 de enero de 2019

Los nuevos salarios mínimos de 2019


Año nuevo, salarios nuevos
Saúl Escobar Toledo

El 17 de diciembre del año pasado la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) resolvió por unanimidad: primero, crear una Zona Libre en  la Frontera Norte integrada por 42  municipios que colindan con Estados Unidos;  segundo, aumentar el salario mínimo diario (SMD) en esta franja hasta 176.72 pesos (equivalente al 100% ): tercero, decretar un incremento en el resto del país de 16.2% para establecer una cantidad de 102.68 pesos, es decir  14.32 pesos más que en 2018: y cuarto, aumentar los salarios mínimos profesionales  bajo dos modalidades: en la zona fronteriza todos serán de 176.72 pesos diarios, lo que hará que en algunos casos los aumentos representen 53%,  mientras que  en el resto del país habrá una subida de sólo 5%.
Todas estas decisiones son inéditas y representan un cambio muy notable de las políticas  aplicadas en las últimas décadas. En lo que respecta a la división por áreas geográficas, la creación de la Zona Fronteriza se empata con el decreto presidencial que otorga a estos mismos municipios un conjunto de subsidios, básicamente reducciones a los impuestos (ISR e IVA) y al precio de los energéticos.
Por su parte, el incremento salarial en el resto del país, aunque es más moderado, también significa una mudanza: debe recordarse que el poder adquisitivo del   SMD sufrió una caída de 74.5% entre 1977 y 2001. Luego quedó estancado durante 15 años y  en la última etapa  del  sexenio pasado creció unos puntos. Según cifras oficiales  la recuperación, en términos reales, fue de 15.7%, cifra que parece un poco optimista.  Aun así, y sumando el aumento más reciente, el SMD estaría todavía alrededor de 50% por debajo de los niveles de 1976.
Lo importante, sin embargo, es que el nuevo monto se ajusta al nivel de línea de bienestar de CONEVAL para noviembre, calculada en 3, 062 pesos mensuales por persona en pesos corrientes. Hay que decir, sin embargo, que si consideramos que en una familia promedio sólo uno de sus miembros aporta ingresos y gana un SMD, ese hogar no alcanzará a superar la línea de la pobreza. Según la CONASAMI, más de 2 millones de trabajadores ganaban esa cantidad y de ellos al menos el 37%, eran jefes de familia.
Desde nuestro punto de vista, el objetivo a largo plazo debe ser que el SMD llegue a un monto aproximado a los 6 mil pesos mensuales (descontando la inflación).  De esta manera se cumpliría con el precepto constitucional y se alcanzaría el nivel adquisitivo de hace cuarenta años.
Por otra parte, la CONASAMI ha reiterado que el aumento (16%) no  debe ser utilizado como referente para fijar los incrementos de los demás salarios vigentes en el mercado laboral (principalmente los contractuales).
 De acuerdo a lo anterior, el 95% de los asalariados (con excepción de aquellos que laboran en la franja norte) no recibirán una mejoría  de esa magnitud  en sus remuneraciones. Debe señalarse, sin embargo que, para no perder poder adquisitivo, sus percepciones deberían aumentar nominalmente al menos un 6% , dado que ése fue el incremento  que sufrió la canasta básica  en 2018. Hay que recalcar que los salarios aumentaron  durante el año pasado apenas en  1% real en promedio,  lo que muestra el rezago histórico que existe en los ingresos laborales que obtienen la mayoría de los trabajadores.
A pesar de ello es innegable que una recuperación sostenida del SMD tendrá efectos positivos en el nivel de vida de la población tanto porque se beneficia a los más pobres, como porque puede ser un factor de cambio de la tendencia conocida en los últimos años, sobre todo desde la gran recesión mundial de 2008:  los puestos de trabajo de 3 SMD para abajo crecieron con mayor velocidad  que aquellos con remuneraciones más elevadas.
Aunque el aumento del SMD tuvo el consenso explícito de las organizaciones patronales, la reacción conservadora no se hizo esperar. El Banco de México, pocos días después del anuncio hecho por la Comisión,  elevó la tasa de interés para colocarla en 8.25%, la más elevada en los últimos diez años.  La institución adujo que la inflación enfrenta “riesgos de carácter estructural derivados de la posible adopción de políticas que pudieran conducir a cambios profundos en el proceso de formación de precios en la economía”. En primer lugar, señaló la “magnitud de los aumentos recientes en el salario mínimo”, pues “además de su posible impacto directo, se enfrenta el riesgo de que estos propicien revisiones salariales que rebasen las ganancias en productividad y generen presiones de costos con afectaciones en el empleo formal y en los precios”.
Los dos argumentos son, creo, insostenibles.  El impacto directo en los precios será, como ha sido en el pasado inmediato según diversos estudios, prácticamente nulo. Y el  riesgo de que los salarios contractuales se incrementen en una cifra cercana al 16% está también muy lejos de suceder. Ello por dos razones, la primera, la baja capacidad de negociación  de la parte obrera,  dado el control que ejercen en la inmensa mayoría de los casos los sindicatos fantasmas bajo el esquema de  contratos de protección patronal,  y en segundo lugar debido que el país no sufre un proceso inflacionario agudo. A ello hay que agregar que el presupuesto de egresos aprobado por el Congreso ha sido reconocido ampliamente como un proyecto conservador.
En cambio, el aumento decretado a la tasa de interés puede tener efectos inflacionarios más severos y producirá un freno al crecimiento. La incongruencia de las autoridades del Banco de Mexico salta a la vista. No pueden ver con simpatía un esfuerzo, incluso moderado,  para  recuperar el consumo de las familias.
Ahora bien, el caso de la franja fronteriza es distinto. En lo que toca a las empresas, la reducción de impuestos seguramente compensará el incremento salarial. Además, según cifras oficiales, en la industria maquiladora, una de las ramas más importantes en esa porción del país, las horas trabajadas aumentaron 4.5% en 2018 mientras que las remuneraciones medias lo hicieron en 1.9%, lo que quiere decir que hay condiciones propicias para una mejora significativa de las percepciones obreras.
Lo interesante será observar si la actividad económica y la creación de nuevos empleos formales se eleva en mayores proporciones en que se redujeron los impuestos. De otra manera, el esfuerzo gubernamental sólo habrá servido para elevar las ganancias de las empresas y no tendrá efectos en la mejoría del nivel de vida de los trabajadores que residen en esos municipios. Si el crecimiento del conjunto de la economía para el próximo año se calculó en apenas 2%, debe suponerse que la franja fronteriza lo hará a un ritmo mucho más elevado. Este deberá ser el criterio para medir la eficacia del proyecto.
El panorama laboral para 2019 se renovará no sólo por las decisiones de las CONASAMI. A todo lo anterior deberán agregarse las reformas pendientes a la Ley Federal del Trabajo que sin duda se discutirán en el Congreso en los primeros meses de 2019. MORENA ha presentado ya su proyecto, mismo que tienen  altas probabilidades de ser aprobado con las adecuaciones que se requieran. Asimismo, entrará en operación el programa para becarios  trabajadores  que pretende beneficiar a más de dos millones de jóvenes y que representa también un apoyo directo a las empresas.
Así pues, para el próximo año tenderemos un panorama laboral  muy diferente al de los años anteriores. La apuesta por mejores salarios y mayores puestos de trabajo se basa en  todos estos ingredientes. La mezcla es prometedora, a pesar de los malos augurios que se observan en la escena internacional y de los obstáculos puestos por el Banco de México y de los seguidores, dentro y fuera del gobierno, de una politica ortodoxa que pretende que todo siga igual.
Y, claro, la respuesta de los trabajadores ante estas novedades también será una interrogante que veremos resolverse en este 2019. Ante situaciones inéditas seguramente surgirán réplicas novedosas.

saulescobar.blogspot.com