Reforma y contrarreforma laboral
Saúl Escobar Toledo
En solidaridad con
Indyra Sandoval, defensora de derechos humanos
En memoria de Ranferi
Hernández, luchador social
Veinticuatro de febrero de 2017. ¿Quién se acuerda de esa
fecha? Casi nadie y sin embargo ese día se publicó en el Diario Oficial de la
Federación la reforma constitucional más importante en materia laboral desde
1917. De manera sorpresiva, la iniciativa había sido enviada por el presidente
de la República y aprobada por una amplia mayoría en el Senado, en la Cámara de
Diputados y por los Congresos de las entidades del país entre abril de 2016 y
enero de 2017.
Una reforma que cambia sustancialmente cuatro aspectos
centrales: primero, la justicia laboral (aunque únicamente para los
trabajadores del sector privado), eliminando las juntas de conciliación y
arbitraje tripartitas que ahora estará a cargo de tribunales laborales locales
y federales del Poder Judicial que deberán actuar bajo los principios de
“legalidad, imparcialidad, trasparencia, autonomía e independencia”. También,
separa las funciones de impartición de justicia de la conciliación entre
trabajadores y patrones. En tercer lugar, se crea una nueva
institución para hacerse cargo de esta tarea y, lo más sobresaliente, para el
registro de todos los sindicatos y los contratos colectivos, un organismo
descentralizado que tendrá “plena autonomía técnica, operativa,
presupuestaria, de decisión y de gestión” y operará bajo los principios de
“certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia,
objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad”. En cuarto lugar, para la resolución de conflictos
entre sindicatos, la elección de dirigentes y, muy importante, para solicitar
la firma de un contrato colectivo, se requerirá el voto de los trabajadores
“personal, libre y secreto” el cual será garantizado por la ley.
Esta reforma ataca directamente severos problemas que han
padecido los trabajadores: la parcialidad, el burocratismo y la corrupción
endémica de las Juntas; el registro de
sindicatos y contratos bajo el consentimiento y directriz de los gobiernos
federal y estatales, anulando casi totalmente la posibilidad de formar sindicatos
independientes; la continuidad de dirigentes electos antidemocráticamente en
las organizaciones gremiales; y, de
manera destacada, la existencia de los
contratos de protección patronal, el cáncer mayor que corroe la vida laboral en
México.
Se trataba, sin duda, de una reforma constitucional que
avanzaba en el camino de la democracia y la libertad sindical, la justicia y la
legitimidad de las representaciones sindicales y la titularidad de los
contratos colectivos. Sin embargo, para que todo esto se volviera realidad y
las reformas empezaran a funcionar, se requería completar la tarea y llevar a cabo
una compleja reforma a las leyes de la materia, en especial a la Ley Federal
del Trabajo (LFT). Para ello, se dio el plazo de un año, el cual está por
vencerse si consideramos el calendario de sesiones del Congreso.
Debe señalarse que esta reforma constitucional se
propuso en un contexto en el que el Estado mexicano estaba a punto de firmar el
TPP (Tratado Transpacífico), un acuerdo comercial de grandes dimensiones en el
que participarían doce países de Asia y América, incluyendo los Estados Unidos.
Según la información disponible y las opiniones de diversos actores que
participaron en el debate, la iniciativa presidencial fue resultado de una presión
muy fuerte, a nivel internacional, que ejercieron organismos como la OIT,
sindicatos y defensores de los derechos laborales de algunos de los países socios del Transpacífico. Fue de alguna manera,
una condición que plantearon antes sus gobiernos y parlamentos para aceptar la
incorporación de México a ese gran acuerdo económico.
Pero, como se sabe, la vida da muchas vueltas. El TPP
fue repudiado por el presidente Trump en los primeros meses de 2017. Después,
se abrió la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte
(TLCAN) y luego el país entró en la etapa electoral con vistas al 2018. Bajo
estas nuevas condiciones, completamente distintas a las que había cuando Peña
Nieto presentó la iniciativa, el gobierno y la representación de los grandes empresarios
decidieron torcer la ruta original.
Debido a ello, los debates parlamentarios de las leyes
reglamentarias se han venido posponiendo. Peor aún, según diversas fuentes, hay
una negociación secreta entre la Secretaría del Trabajo y algunas
organizaciones empresariales con el objetivo de presentar al Congreso una
propuesta que pretenden echar para atrás el espíritu y la sustancia del nuevo
mandato constitucional. Preparan una contrarreforma elaborada por los abogados
más inescrupulosos del medio laboral, aquellos que siempre han defendidos los
contratos de protección. Los principales
objetivos de esta confabulación son: que el organismo descentralizado encargado
del registro de los sindicatos y los contratos sea tripartito, abriendo el
espacio otra vez al viejo modelo de control: gobierno-empresarios-líderes
sindicales del viejo corporativismo y ahora administradores de los contratos de
protección. También pretenden colar, de contrabando, pues no tiene que ver con
las nuevas disposiciones constitucionales, una reforma a la ley para facilitar
(todavía más) la subcontratación, una de las prácticas más perjudiciales para
los derechos de los trabajadores; y para colmo, se proponen también burlar el
derecho al voto secreto establecido en la nueva redacción del artículo 123.
Frente a esta pretensión, un amplio grupo compuesto
por los abogados laboralistas más destacados del país que no responden a los
intereses del gobierno; la Unión Nacional de Trabajadores (UNT), la Nueva Central
de Trabajadores (NCT) y otros sindicatos independientes; académicos y
especialistas connotados en cuestiones laborales; y organizaciones sociales y
civiles diversas como el Instituto de Estudios Obreros Rafael Galván AC, han
formado un Observatorio Laboral que se ha pronunciado, en primer lugar, para exigir que se dé a conocer el proyecto de los
abogados patronales y la Secretaría del Trabajo, y que se organice un amplio debate abierto y público para
redactar la nueva LFT.
El Observatorio exige que las leyes secundarias sean
congruentes con los principios fundamentales de la reforma constitucional. Insistirá
también en que el senado ratifique el Convenio 98 de la OIT, sobre negociación
colectiva y libertad sindical que entró en vigor desde 1951 pero que el
gobierno mexicano se ha negado a respaldar para proteger a los dirigentes
sindicales “charros” que nunca han sido electos por los trabajadores.
Estamos a unos meses de que se venza el plazo previsto
en la reforma constitucional para que el Congreso apruebe las nuevas leyes
reglamentarias y aparentemente no hay nadie que se ocupe del asunto. ¿Se
prepara un auténtico albazo legislativo y una aprobación al vapor de una nueva
ley federal del trabajo cocinada en algún cuarto oscuro de la Secretaría del
Trabajo? ¿O simplemente el gobierno y el Congreso han sido rebasados por los
acontecimientos y la carga legislativa? Si es así, ¿buscarán el diálogo y
ampliar los tiempos legales para redactar una iniciativa que refleje
adecuadamente el texto constitucional aprobado? ¿Cuál es la posición de los
partidos de oposición frente a este problema?
Veinticuatro de febrero de 2017: el Observatorio
Laboral se ha propuesto que esa fecha se recuerde como el día en que se inició
una verdadera transformación de la vida laboral y, en consecuencia, se frene una de las maniobras gatopardistas
más monstruosas del gobierno mexicano y sus aliados patronales: cambiar de
fondo la Constitución para que todo, en la ley reglamentaria, siga igual. El
Observatorio Laboral tiene como objetivos que los diputados y senadores no actúen solos, exigirá transparencia, un trabajo legislativo incluyente, rendición de cuentas, y que se atiendan las
propuestas del sector más representativo
del mundo laboral. Seguiremos informando…
Twitter: #saulescoba
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